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16/6/08

Un Nuevo Logro

La Corte Constitucional de Colombia decidió que las parejas del mismo sexo que convivan por lo menos dos años tendrán derechos patrimoniales, como cualquier pareja heterosexual.

La trascendental decisión se adoptó al fallarse una demanda interpuesta por la organización Colombia Diversa, con el apoyo de un grupo de abogados y estudiantes de la Universidad de los Andes, en contra de una ley de 1990 que reconoce las uniones maritales de hecho y sus efectos patrimoniales.

La Corte declaró inconstitucionales las expresiones “hombre y mujer” que utiliza la ley 54 de 1990, cuando define por quiénes están constituidas las uniones maritales de hecho a las que se les reconocen derechos patrimoniales.

La ley dice que para que tenga efectos matrimoniales esa convivencia debe ser singular, es decir, con una misma persona.

Marcela Sánchez, directora de Colombia Diversa, cree que la decisión judicial favorece inicialmente a unas 100.000 parejas homosexuales en este país de 44 millones de habitantes, donde se estima que unos tres millones son gays, lesbianas, bisexuales o transgeneristas.

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